COMUNICADO PARA PRESTATARIOS ELEGIBLES
Usted recibió un cheque en virtud de un acuerdo u "Orden de Consentimiento" que fue firmado entre Ocwen Financial Corporation y Ocwen Loan Servicing, LLC (“Ocwen”) y el Departamento de servicios financieros de Nueva York (“NYDFS”) en diciembre de 2014. En virtud de lo previsto en la Orden de Consentimiento, Ocwen queda obligado a efectuar un pago a los prestatarios en relación con cualquier préstamo hipotecario celebrado en Nueva York respecto del cual Ocwen haya presentado una acción de ejecución hipotecaria o que haya dado lugar a una venta tras la ejecución hipotecaria entre el 1 de enero de 2009 y el 22 de diciembre de 2014 (“Prestatarios Elegibles”).
Este Comunicado para Prestatarios Elegibles (“Comunicado”) ofrece información para ayudarle a determinar las consecuencias fiscales federales sobre la renta si usted es un ciudadano o residente de los EE. UU. a efectos del impuesto federal estadounidense sobre la renta.
PUEDE QUE TODOS LOS PAGOS RELACIONADOS CON ESTE ACUERDO ESTÉN SUJETOS A IMPUESTOS DEPENDIENDO DE LAS CIRCUSTANCIAS PARTICULARES DEL PRESTATARIO.
NO CONVIENE QUE CONSIDERE ESTE COMUNICADO COMO ASESORÍA TRIBUTARIA. HABLE CON SU ASESOR FISCAL SOBRE LAS CONSECUENCIAS TRIBUTARIAS DE SU PAGO, INCLUYENDO LOS EFECTOS QUE PUDIERAN TENER LAS NORMATIVAS FEDERAL, ESTATAL Y LOCAL, ASI COMO LAS NORMATIVAS EN EL EXTRANJERO EN MATERIA TRIBUTARIA.
Damasco & Associates LLP es una empresa de contabilidad acreditada (“Damasco”) que ha sido contratada como Asesor Fiscal del Fondo Cualificado del Acuerdo. Damasco ha participado en la preparación de este Comunicado pero no le está ofreciendo asesoría o servicios fiscales relacionados con su pago.
Pagos 24(b)(i)
En virtud del apartado 24(b)(i) de la Orden de Consentimiento, los Prestatarios Elegibles recibirán $10,000 para cada vivienda embargada por parte de Ocwen entre el 1 de enero de 2009 y el 22 de diciembre de 2014. Este pago de $10,000 no representa restitución alguna de cualquier cantidad en particular relacionada con daños ocurridos y su fin consiste en compensarle por cualquier posible perjuicio financiero que haya podido sufrir. Por ello, la totalidad del pago por la suma de $10,000 es un ingreso para usted y está sujeto a impuestos.
El administrador de los pagos le emitirá un Formulario 1099-MISC informando un ingreso de $10,000. Si usted no es una persona estadounidense, el administrador de los pagos emitirá un formulario 1042-S para esta cantidad.
Pagos 24(b)(ii)
Tal como queda establecido en el Apartado 24(b)(ii) de la Orden de Consentimiento, el saldo de un fondo de $50 millones se repartirá de forma equitativa entre todos los afectados por las acciones de ejecución hipotecaria presentadas por Ocwen entre el 1 de enero de 2009 y el 22 de diciembre de 2014 en las que Ocwen no llegó a realizar dicha ejecución. Como en el caso de los pagos 24(b)(i), los pagos 24(b)(ii) no representan restitución alguna de cualquier cantidad en particular relacionada con daños ocurridos y su fin consiste en compensarle por cualquier posible perjuicio financiero que haya podido sufrir. Por ello, la totalidad del pago 24(b)(ii) es un ingreso para usted y está sujeto a impuestos.
El administrador de los pagos solamente emitirá un Formulario 1099-MISC informando sobre este ingreso si su pago 24(b)(ii) es igual o superior a $600. Aunque el administrador de los pagos no tiene obligación alguna de presentar el Formulario 1099-MISC en los casos de sumas inferiores a $600, esto no determina las consecuencias tributarias del pago que haya recibido. Si usted no es una persona estadounidense, el administrador de los pagos emitirá un formulario 1042-S, sin importar cuál sea la cantidad del pago.
Para resolver cualquier duda llame al 1-877-541-3110 o envíe un mensaje por correo electrónico a info@OcwenNYDFSPayments.com